El certificado energético, ese que a solo unos días de su entrada en vigor nos trae a todos de cabeza¡¡¡¡
Desde el 1 de junio de 2013 todo el que venda o alquile una vivienda o local tiene obligación de informar a su comprador o inquilino de la «eficiencia de su inmueble» (RD 235/2013 http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/13/pdfs/BOE-A-2013-3904.pdf)
Tendrá una validez de 10 años y no es necesario para edificios industriales; además no hay que llegar a un mínimo de letra, esto quiere decir que se puede vender o alquilar salga lo que salga en dicho certificado, solo es información para el que recibe la vivienda.
Este certificado lo puede hacer un técnico competente, así que aquí entramos arquitectos, aparejadores e ingenieros.
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo nos ha facilitado en su web el programa y manuales para la elaboración del documento. http://www.minetur.gob.es/energia/desarrollo/eficienciaenergetica/certificacionenergetica/documentosreconocidos/paginas/documentosreconocidos.aspx
Yo particularmente he aprendido a realizarlos con el programa CE3X y me parece una herramienta estupenda y muy completa.
Afortunadamente la aplicación informática es genial y contrarresta algo la complejidad de la toma de datos in-situ que es larga y en la que el cliente puede ser muy útil aportando información sobre instalaciones, el proyecto de su edificio, facturas de los consumos, etc.
Una pregunta muy repetida ahora es: ¿quien va a exigir este certificado? … y parece que aunque todavía no está listo (ni lo va a estar el 1 de junio) habrá un Registro Autonómico de Certificados de Eficiencia Energética de los edificios.
Está claro que en Aragón no se exime de tener el certificado a fecha 1 de junio para la venta o alquiler de inmuebles a consecuencia de que esté «en obras» (como nos gusta a los técnicos este término¡¡) dicho Registro. http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=735160644949.